Canal de denuncia
900,00€
La entrada en vigor de la LO 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción obliga a la implementación de un Sistema Interno de Información. Es decir, disponer de un Canal de Denuncias Interno. A quién obliga:
- Empresas con más de 50 trabajadores.
- Organismos Públicos.
- Corporaciones de Derecho Público.
- Universidades Públicas.
- Fundaciones.
- Partidos Políticos.
- Sindicatos.
- Organizaciones empresariales.
Las fases del procedimiento de gestión de denuncias son las siguientes:
- Registro de la denuncia.
- Categorización de la denuncia.
- Análisis preliminar y Admisión a trámite o inadmisión de la denuncia.
- Instrucción.
- Práctica de la prueba.
- Graduación de la Infracción.
- Conclusión.
- Registro del expediente.
- Reporte al Órgano de Administración.
- Cuando exista la comisión de un delito, dar cuenta al Ministerio Fiscal.
- Infracciones leves = de 1.001 a 10.000 euros.
- Infracciones Graves = de 10.001 a 600 000 euros.
- Infracciones Muy Graves = de 600.001 a 1.000.000 euros.